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| Preguntas y Respuestas |
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NORMA UNE 23585:2004
Les planteo las siguientes dudas acerca de la norma UNE 23585:2004:
La norma, aunque de una forma un poco ambigua, dice que los
sistemas de Control de los SCTEH han de ser totalmente autónomos,
incluso contar con corriente sustitución para que su
fiabilidad sea la máxima en las condiciones adversas
que pueden crearse en un incendio (cortes de suministro eléctrico
fusión de o deformaciones en materiales no muy poco resistentes
a las altas temperaturas, etc).
Les planteo la siguiente duda:
TIPO A
¿Qué sucede cuando se trata de un sistema de accionamiento
neumático mediante cuadro electro neumático y
compresor con calderín de reserva, para accionar los
exutorios tanto en ventilación diaria y emergencia?
Partiendo de la base que estos sistemas con su calderín
de reserva pueden asegurar unas 6 ó 7 aperturas tras
un corte de suministro eléctrico, PUEDE darse la situación
que después de un corte de suministro se realicen estas
maniobras o tengamos una pequeña fuga en tendido neumático
después de unas pocas horas o las maniobras mencionadas
tengamos una EMERGENCIA real y no contemos con el aire necesario
para realizar la necesaria apertura.
¿Se puede considerar un sistema autónomo y fiable?
TIPO B
Existen en el mercado otros cuadros de control que separan la
alimentación de ventilación de la de emergencia.
La alimentación de ventilación funciona con un
compresor como en el tipo A, pero la alimentación de
emergencia funciona con una botella de aire o CO2 comprimido
que es perforada cuando hay una señal recibida de la
central contra incendios, teniendo siempre asegurada esa reserva
de aire sólo para emergencias y además como estos
sistemas funcionan como un periférico de la centralita
reciben una señal de 24 Vdc que acciona el dispositivo
así que siempre aseguramos la apertura en caso de una
EMERGENCIA REAL.
¿No debería ser éste el único sistema
autorizado para exutorios?
¿Están prohibidas las instalaciones del tipo A?
¿Deben la alimentación de aire de ventilación
y emergencia estar separadas?
Aunque la norma no hace referencia explícita a esta situación,
creo que es de sentido común tener estos factores en
cuenta dado que la norma deja claro que han de ser sistemas
autónomos y fiables.
Agradeciendo su interés de antemano, aprovecho la ocasión
para enviarles un cordial saludo.
Godofredo García.
Los sistemas de control de humos deben cumplir la UNE-EN-12101-2:2004
y la UNE-23585:2004. En el futuro deberán cumplir asimismo
la UNE-23584 que versará sobre la instalación,
puesta en marcha y mantenimiento.
Respecto a las preguntas que hace el comunicante la respuesta
que se puede dar es que lo que usted denomina Tipo A es aceptable
por las normas actualmente en vigor aunque es previsible que
las observaciones que hace tengan sentido cuando se publique
la UNE-23584.
Santiago Montero
Homs.
Coordinador CTN-23/SC5/GT8
SALIDAS
Un lector nos planteaba la siguiente duda acerca de los diferentes
tipos de salidas. Concretamente su pregunta era la siguiente:
"No tengo clara la diferencia entre Salida de Emergencia
y Salida de Evacuación y si hay que indicarlas con señales
diferentes"
Según la norma UNE 23-034-88 se definen dos tipos
de salidas:
Se entiende como "Salida de emergencia" la utilizada,
con carácter público, solamente en caso de emergencia
de evacuación y "Salida habitual", la utilizada,
generalmente, con carácter público, para la circulación
funcionalmente necesaria en el edificio o local, según
el uso del mismo.
En los dos casos la señalización puede hacerse
por medio de un pictograma o una señal literal según
viene perfectamente indicado en dicha Norma con medidas de distancia
de observación, pictograma y mensaje.
Dpto. Técnico.
Obeysa-Jalite
DETECCIÓN
DE INCENDIOS
Un lector nos pregunta acerca de las instalaciones de detección
de incendios:
1. ¿Dónde figura que el cableado de las instalaciones
de detección de incendios ha de ser RF?
2. Cuando una central de incendio se descataloga y deja de tener
respuestas, ¿qué tiempo está obligado el
fabricante a mantener respuestas?
1. En la UNE 23007/14 en el anexo A.6.11.3 Protección
contra el fuego.
Los cables que necesiten funcionar durante más de 1 min.
después de detectado un incendio deberán ser capaces
de resistir los efectos del fuego durante un mínimo de
30 min. o estar ignifugados para resistir durante dicho tiempo.
Se debe entender que el sistema entero debe funcionar más
de un minuto, pues primero se habitúa a disponer un tiempo
para la investigación y después deberemos mantener
algunas instalaciones activadas, como el control de humos, las
sirenas o avisos de audio, para facilitar la evacuación
y permitir la intervención segura de los bomberos tal
y como la norma nos dice.
2. No tenemos conocimiento de que haya nada normalizado en ese
sentido, en ámbitos profesionales, exceptuando el periodo
de garantía del producto. Nosotros procuramos mantenerlo
durante diez años siempre que nuestros proveedores nos
mantengan el suministro de los componentes, en cualquier caso
siempre disponemos de soluciones alternativas eficientes.
Carlos Gutiérrez
Gómez.
Director Comercial.
Honeywell L&S.
Notifier/Morley&Ias Spain
Carta al Director en relación al artículo
del CTE del nº 30 (Ver Artículo)
Sr. Director de "Prevención de Incendios":
Cuando recibí el ejemplar número 30 de la
revista Prevención de Incendios y después
de leerla, llegué a la siguiente conclusión:
El artículo de D. Germán Pérez, Oficial
del Real Cuerpo de Bomberos de Málaga, me parece
muy interesante, pero hay una cosa en la que no coincido,
que no quiere decir que yo tenga razón, y otra
cosa en la que estoy en franco desacuerdo y en la que
creo que la razón me acompaña.
Podía haber escrito esta carta personalmente a
Germán, pero ya que él publica su opinión,
creo que yo puedo hacer pública la mía.
En lo que no coincido es en reclamar un representante
de Bomberos para la Comisión. Entiendo que
hay muchas otras personas que conocen el mundo de las
emergencias, de la extinción, del fuego,... y no
tienen por qué ser sólo los Bomberos. Sin
ir más lejos, está su anterior Jefe, que
ya no pertenece al Real Cuerpo de Bomberos, o el antiguo
Jefe de Bomberos de Córdoba, que está en
la Gerencia de Urbanismo. También nos encontramos
a los técnicos de empresas fabricantes, instaladoras,
etc. que habitualmente colaboran en las Revistas técnicas
de APTB. Otro colectivo que también conoce el tema
son los Profesores de Emergencias de los ciclos formativos
de Prevención de Riesgos o incluso los Técnicos
de Prevención de Riesgos y Salud Laboral, especialidad
Seguridad, que tienen que redactar Planes de Autoprotección
y formar a las Brigadas de Emergencia.
Por todo lo anteriormente expuesto, opino que se debería
reclamar un representante del sector contra incendios.
Insisto, es una opinión tan digna de atención
como la de Germán.
En lo que estoy en total desacuerdo con Germán
es en la denominación de sector de discapacitados.
He oído hablar del sector de la construcción,
del sector del metal, del sector de la madera, del sector
contra incendios, etc. etc. Pero es la primera vez que
veo tratar a los discapacitados como un sector.
Admito que no lo ha dicho con ánimo peyorativo,
pero me he sentido aludido y menospreciado, será
que estoy con el síndrome de Burnot y me afecta
lo que leo.
Los discapacitados somos personas con necesidades especiales,
como se dice ahora y, lo aseguro para todo aquél
que quiera leer estas líneas, que TODOS, absolutamente
todos, seremos discapacitados por la edad algún
día. Cuando tengamos la edad de jubilación
y más edad, andaremos con menos agilidad, nos costará
subir escalones, no podremos levantar pesos, etc.
Los discapacitados no somos un sector, los discapacitados
trabajamos en todos los sectores de producción
y, afortunadamente para nosotros, hay Fundaciones y Entidades
que facilitan la adaptación de los puestos de trabajo
a las necesidades especiales que necesitamos estas personas.
Sin más, agradecer vuestra atención y pedir
que se tenga un poco más de cuidado en la utilización
de nuestro idioma.
José María R-Solís
G-Ibarlucea.
Córdoba.
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