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Los Servicios Públicos de Bomberos y la Seguridad en Puertos
Javier Navarrete Ruiz
Ingeniero Industrial
Técnico de Servicios de Bomberos

Los Servicios Públicos de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos constituyen un elemento fundamental en la intervención frente a cualquier tipo de situación de emergencia. Así está reconocido generalmente en la totalidad de las disposiciones legales y reglamentarias existentes en nuestro país en el campo de la Protección Civil y las actuaciones en emergencias: planes territoriales de emergencia, planes especiales, procedimientos de actuación, etc.

Aparte de este sustento jurídico, está la labor que día a día los Servicios de Bomberos desarrollamos con la intervención directa para el control de siniestros donde constituimos con carácter casi exclusivo la fuerza operativa, es decir, el recurso que directamente afronta y combate el incendio, el accidente químico o el rescate y salvamento de víctimas.

Consecuentemente, podría pensarse que en el ámbito de las instalaciones portuarias sucede lo mismo que se acaba de indicar con carácter general. Sin embargo la realidad es distinta. Los puertos son entornos muy complejos, desde el punto de vista de la seguridad y las emergencias están sujetos a unos riesgos amplios y heterogéneos con múltiples regulaciones normativas que son igualmente heterogéneas, y con unas relaciones entre autoridades portuarias y Servicios Públicos de Bomberos que son mejorables.

Para intentar abordar los aspectos más importantes de esta relación, desde la experiencia propia en la dirección de Servicios Públicos de Bomberos, este artículo pasa revisión a diez puntos concretos con la finalidad de ayudar a conocer la situación actual y, lo que esperamos que pueda tener mayor interés; con la finalidad de intentar descubrir posibles elementos de mejora que nos encaminen a todos, autoridades portuarias y Servicios Públicos de Bomberos, hacia unas metas comunes en defensa de la seguridad y bienestar de nuestros ciudadanos y de nuestra sociedad en general.

Planes de emergencia en puertos
La situación de los planes de emergencia en los puertos españoles ya nos adentra en un terreno algo resbaladizo.

La Norma Básica de Protección Civil (Real Decreto 407/92, de 24 de abril) estableció en su artículo 2º que la planificación en materia de Protección Civil se hará en base a Planes Territoriales (para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial) y Planes Especiales (para hacer frente a los riesgos específicos cuya naturaleza requiera una tecnología adecuada a cada uno de ellos). El artículo 6º de la Norma Básica cita los riesgos que deben ser objeto de Planes Especiales y esta enumeración de riesgos ya se olvidó de los accidentes en los Puertos.

Sin embargo, antes de la entrada en vigor de la Norma Básica de Protección Civil, el Reglamento Nacional de Admisión, Manipulación y Almacenamiento de Mercancías Peligrosas en los Puertos (Real Decreto 145/89, de 20 de enero) ya dedicaba su Título VI a los planes de emergencia en aquellas instalaciones portuarias donde se lleven a cabo dichas actividades con mercancías peligrosas. Quedaba así establecida la obligación de disponer de un Plan de Emergencia Interior (con la correspondiente organización de autoprotección dotada de sus propios recursos para acciones de prevención de riesgos, alarma, evacuación y socorro, así como de extinción de incendios, rescate, salvamento y rehabilitación de servicios) y de un Plan de Emergencia Exterior (elaborado, aprobado y homologado por las autoridades competentes en la materia en el que se establecerán las previsiones de actuación de los mismos y de los servicios dependientes de ellos, en apoyo de la organización de autoprotección del respectivo puerto cuando las circunstancias lo requieran por la importancia del accidente ocurrido en éste o cuando la emergencia afecte al entorno del mismo).

La consecuencia de esta regulación normativa es que las instalaciones portuarias deben contar con su propia estructura y recursos de autoprotección, mientras que los Servicios Públicos de Bomberos quedan, en principio, adscritos a lo dispuesto en el Plan de Emergencia Exterior para el cual, además, se carece de directrices de planificación, al contrario de otros riesgos recogidos por la Norma Básica de Protección Civil como los accidentes mayores de tipo químico o los accidentes en el transporte terrestre de mercancías peligrosas donde las directrices básicas de planificación otorgan un papel clave en la intervención operativa a los Servicios de Bomberos.

Nuevas amenazas y riesgos
Las instalaciones portuarias tradicionalmente han tenido una serie de riesgos generales que, aunque con alguna connotación específica, podemos catalogar como convencionales: operaciones de trasiego y almacenamiento de productos químicos, de todo tipo de mercancías, de reparación y construcción naval, etc. Quizás el hecho más característico haya sido su diversidad y su simultaneidad territorial en un mismo recinto, bajo un esquema jurisdiccional y de responsabilidades complejo.

Pero esta situación ha cambiado. Las instalaciones portuarias constituyen un elemento fundamental para el comercio y la economía mundiales. Las actividades que en ellas se desarrollan conforman un eslabón clave en la cadena de suministro de empresas y países. Por lo tanto, a la vista de la escalada mundial de actos de terrorismo en todas sus formas que estamos sufriendo en los últimos años, los puertos pueden convertirse en un objetivo muy claro de ataques que harían peligrar la seguridad de las personas, la protección de los bienes y el funcionamiento de los servicios marítimos.

Estas nuevas amenazas están preocupando a la comunidad internacional que, a través de los organismos y autoridades reconocidas en el ámbito del transporte marítimo, está reforzando las regulaciones y estructuras de seguridad. En este sentido destaca la reciente aplicación del Código PBIP, regulación internacional para la seguridad de buques e instalaciones portuarias; desde el pasado 1 de julio de 2004 establece obligaciones en cuanto a medidas especiales para el incremento de la seguridad en buques, en las compañías marítimas y en las instalaciones portuarias.

La seguridad en los puertos por tanto es una cuestión absolutamente dinámica que obliga a las autoridades portuarias a mantener al día planes de protección para sus instalaciones. En esta obligación deberían encontrar el compromiso de participación y colaboración de las autoridades externas al puerto y de sus servicios públicos de emergencia.

Otras actividades en puertos: lúdicas, deportivas
Desde el punto de vista de la seguridad, las instalaciones portuarias no sólo presentan los riesgos convencionales comentados anteriormente, con el añadido de las nuevas amenazas terroristas, sino que la diversificación de actividades que se realizan en ellas ocasiona otros riesgos adicionales que también deben ser evaluados y planificados. En los recintos portuarios no sólo se desarrollan actividades relacionadas con el tráfico de mercancías y de personas, sino que, y cada vez más frecuentemente, también son escenario de eventos de diferente tipología, como actos culturales, festivos o competiciones deportivas; cuando estos eventos aportan a la instalación portuaria un flujo simultáneo de miles o de decenas de miles de personas, como por ejemplo apuntan las previsiones de la America’s Cup 2007 en Valencia, estamos ante un riesgo que también debe preverse desde las estructuras de seguridad y Protección Civil.

Ubicación de los puertos españoles en ciudades y comunidades con Servicios Públicos de Bomberos
En esta aproximación que estamos realizando a diferentes aspectos de la relación entre puertos y Servicios Públicos de Bomberos, creemos que estamos aquí ante uno de nuestros puntos de fortaleza. Todas las autoridades portuarias españolas están radicadas en ciudades o en comunidades que cuentan con Servicios Públicos de Bomberos bien organizados. En general las instalaciones portuarias están en ciudades grandes donde los respectivos Servicios municipales (o provinciales en algunos casos) de Prevención y Extinción de Incendios pueden ofrecer su servicio de intervención en emergencias con isocronas muy reducidas. ¿No supone esto una situación ventajosa que debería ser aprovechada y potenciada por ambas partes?

Los Servicios de Bomberos siempre estamos dispuestos para la intervención
El Servicio de Bomberos siempre está dispuesto para la acción. Y esta afirmación no debería ser considerada como ligera o como poco seria, sino todo lo contrario, pues la experiencia nos demuestra que cuando sucede la catástrofe el Servicio de Bomberos siempre está allí ayudando con su intervención a los ciudadanos que en ese momento necesitan asistencia. Se podrá estar allí con más o menos recursos, con más o menos organización, con más o menos planificación previa, pero siempre acudirán bomberos del Servicio público Correspondiente.

Las circunstancias trágicas de situaciones recientes así nos lo han mostrado: el 11M vimos a bomberos de Madrid rescatando y asistiendo a las víctimas de los atentados en los trenes, el 11 de septiembre del 2001 pudimos ver las mismas escenas en Nueva York. Así ha sido siempre y así seguirá siendo. Y también, por supuesto, en el ámbito de las instalaciones portuarias; los Servicios Públicos de Bomberos siempre han intervenido, como en 1986 en el pantalán de la refinería de Algeciras, como en 1997 en el incendio del buque Proof Spirit en construcción en los astilleros de Valencia, como en tantas otras ocasiones.

Necesidad de recursos específicos para los Servicios de Bomberos
Aunque se ha indicado que la implantación de los Servicios Públicos de Bomberos en las ciudades con instalaciones portuarias es en general buena, no debe olvidarse que la tipología de los riesgos en estas instalaciones tiene algunos aspectos muy específicos, que pueden hacer necesarios recursos concretos que no tienen por qué estar previamente disponibles en los parques de bomberos, ya que en muchos casos no se presentan los mismos riesgos fuera del recinto portuario.

Estamos hablando aquí fundamentalmente de equipamiento para emergencias químicas, tanto para la intervención como para la protección personal de los efectivos, sobre todo en puertos con trasiego de mercancías peligrosas. También de equipos que refuercen el potencial de extinción disponible, sobre todo en puertos donde los grandes almacenamientos de mercancías puedan exigir el empleo de grandes cantidades de agua o de espuma para la extinción de incendios.

Necesidad de formación específica para los Servicios de Bomberos
Los Servicios Públicos de Bomberos disponen de formación general que les capacita para la intervención eficaz frente a las situaciones de emergencia convencionales que se producen en su territorio de competencia. Si en la instalación portuaria que pueda haber en dicho territorio se desarrollan actividades de riesgo químico, se requerirá formación adicional que garantice la eficacia de la intervención de los bomberos frente a emergencias.

Pero en los puertos, aparte de las operaciones frente a emergencias que podemos denominar terrestres, también se producen emergencias en buques y también hay que resaltar aquí la necesidad de formación específica en las operaciones de extinción de incendios. Con frecuencia, en los buques no podrán ser aplicadas las mismas técnicas y procedimientos empleados por los Servicios de Bomberos para la extinción de incendios en otros entornos como edificios, instalaciones industriales o en otros medios de transporte puesto que las condiciones de accesibilidad y compartimentación interior del buque plantean un escenario de emergencia distinto, bastante más complejo. Aparece pues con claridad otro campo donde deberán incrementarse los esfuerzos de formación.

Para que esta formación específica sea eficaz se requerirá su desarrollo en los entornos más reales posibles, es decir, en instalaciones adecuadas que permitan practicar preferentemente con fuego real y en estructuras que reproduzcan la configuración interna y de accesos de los buques.

Convenios entre autoridades portuarias y Servicios Públicos de Bomberos
Como sucede en muchos aspectos relacionados con la seguridad de las instalaciones portuarias, también existe una cierta heterogeneidad en los modelos de relaciones entre las autoridades portuarias españolas y los Servicios Públicos de Bomberos de sus ciudades y comunidades.

En algunos casos se ha llegado a convenios de colaboración que, desde nuestra óptica externa, deben ser calificados como muy acertados, como es el caso del convenio suscrito entre la Autoridad Portuaria de Barcelona y su Servicio Municipal de Bomberos. Esta autoridad portuaria entendió que en su ciudad, en la que están enclavadas totalmente sus instalaciones principales, el mejor Servicio posible de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos es el ofrecido por el propio Cuerpo Municipal de Bomberos; de esta forma se llegó a un acuerdo de colaboración que está reforzando notablemente el potencial de ambas partes.

El caso de Barcelona no es único puesto que existen convenios similares en algunos otros puertos españoles, pero, desgraciadamente, tampoco es un modelo totalmente extendido. También existen autoridades portuarias que han vivido casi completamente de espaldas a los Servicios Públicos de Bomberos de los territorios en los que se asientan sus instalaciones portuarias, sin entender ni aprovechar las ventajas que podrían aportar modelos de colaboración. Afortunadamente se van produciendo cambios en estos planteamientos; deberemos esforzarnos todos en consolidarlos y en avanzar de modo conjunto para el futuro.

Necesidad de desarrollar y compartir sistemas de dirección de emergencias coordinados y eficaces

Un elemento que afecta al tratamiento de la seguridad en los puertos, que ya ha sido mencionado varias veces, es la complejidad que aporta la heterogeneidad del recinto portuario donde coexisten instalaciones terrestres con buques, autoridades jurisdiccionales diversas, empresas con actividades muy distintas (de almacenamiento, de transporte de mercancías, de carga, de construcción, de transporte de personas, lúdicas, etc). Esta diversidad confiere complejidad a las situaciones de emergencia que puedan producirse en las instalaciones portuarias y esta complejidad se añadirá a la que ya es inherente a cualquier emergencia fuera del ámbito portuario, donde los mecanismos de respuesta para su control pueden implicar la participación de múltiples recursos, adscritos a titularidades distintas (servicios públicos como sanitarios, bomberos o policiales y recursos privados), con organizaciones y con métodos de trabajo diferentes. La consecuencia de todo esto es que las operaciones de respuesta a la situación de emergencia se complicarán y que, para conseguir su máxima eficacia y eficiencia, necesitarán la aplicación de sistemas de dirección de emergencias compartidos por todos los agentes que intervienen en la emergencia. Afortunadamente disponemos de modelos de referencia sobre sistemas coordinados para la dirección de emergencias complejas en las que intervienen múltiples recursos de diferente naturaleza y procedencia. El más difundido de estos modelos a nivel internacional, aunque en España sólo está comenzando su utilización por parte de los servicios de emergencia, es el Incident Command System (I.C.S.). El sistema I.C.S. está basado en fundamentos organizativos sencillos y lógicos, lo que no obstante le confiere una solidez importante que contribuye a la eficacia de las intervenciones para afrontar las emergencias, aportando esquemas sobre cómo debe realizarse la planificación de la intervención sobre el escenario de la emergencia, cómo debe realizarse el despliegue coordinado de recursos, cómo desarrollar su dirección y cómo mantener un sistema de control de los resultados que permita el feed-back necesario para corregir lo planificado de acuerdo con la evolución de la emergencia.

Gestión permanente de la relación
Con frecuencia en los Servicios Públicos de Bomberos se reciben solicitudes de colaboración o de asistencia técnica por parte de entidades o empresas externas que confían en el consejo experto que en cuestiones de seguridad puede aportarse. En algunas ocasiones esta colaboración llega a ser materializada en acuerdos o convenios de colaboración escritos, acogidos con entusiasmo inicial por ambas partes, pero que pasan al olvido tras ser firmados en algún acto público que se intenta resaltar en la prensa local. Tenemos muchos ejemplos.

Evidentemente no nos sirven como modelo para la colaboración entre bomberos y la seguridad en puertos donde la importancia de los riesgos y su evolución obliga a todas las partes a un tratamiento mucho más continuado y riguroso. Por el contrario, se necesita el mantenimiento de las actividades conjuntas permanentemente, en el día a día, bajo programas de trabajo conjunto bien definidos y que se gestionen de un modo integrado en los planes y estrategias de los órganos de dirección tanto de las autoridades portuarias como de los Servicios Públicos de Bomberos.

Conclusiones
Para finalizar ya con la aproximación que se plantea en este artículo al estado actual de las relaciones entre los Servicios de Bomberos y los puertos, que ha sido realizada repasando diez aspectos concretos, puede concluirse que realmente existe una interrelación clara entre la mayoría de dichos puntos analizados.
Podríamos resaltar de entrada dos aspectos clave: los puertos precisan disponer de un sistema de seguridad adecuado que pueda afrontar todas las situaciones de riesgo habituales y todas las previsibles nuevas amenazas, y por otra parte, los Servicios Públicos de Bomberos tienen que ser considerados como un elemento importante en dicho sistema de seguridad, puesto que aportan un potencial de recursos ya existente dispuesto siempre para la acción aunque sea en condiciones más precarias por la inexistencia de acciones previamente planificadas y tan solo necesitado de mejoras en cuestiones de equipamiento y formación específicas para la intervención en emergencias portuarias.

Alrededor de estos dos aspectos clave se enlazan todos los demás.

Para avanzar positivamente en el camino de colaboración mutua que creemos necesario entre puertos y Servicios de Bomberos, terminamos de una forma resumida con 10 propuestas concretas que podrían contribuir a dicho avance y que se relacionan con cada uno de los aspectos vistos en el artículo:

1.  Revisión de los planes de Protección Civil que afectan a puertos, de modo que la intervención de los Servicios Públicos de Bomberos sea considerada reglamentariamente con el mismo nivel de importancia que en otros planes. Implicación de las autoridades competentes en materia de Protección Civil.

2. Aprovechar la dinámica que la implantación del Código PBIP está suponiendo para la seguridad en los puertos, para introducir la colaboración e implicación de los Servicios Públicos de Bomberos.

3. Considerar dentro de los planes de seguridad y de emergencia a todas las actividades de cualquier tipo que se desarrollen en los recintos portuarios.

4. Incremento de todo tipo de actividades de relación entre parques de bomberos y puertos: reuniones de trabajo conjunto, asistencia técnica, visitas, etc.

5. Mejora de la disponibilidad para la intervención de los Servicios Públicos de Bomberos en puertos: formación, ejercicios de entrenamiento conjunto y simulacros, etc.

6. Mejora de equipamiento de protección y de intervención disponible en los parques de bomberos que atienden zonas portuarias, especialmente para intervenciones frente a emergencias químicas, riesgos NBQ, etc.

7. Mejora de la formación de bomberos en las características específicas de las emergencias en puertos, incluyendo la extinción de incendios o las intervenciones frente a emergencias químicas en el interior de buques. Construcción de centros de entrenamiento específicos.

8. Establecimiento de convenios formales de colaboración entre autoridades portuarias y Servicios Públicos de Bomberos para la mejora del sistema de seguridad portuario, tanto interno como en el exterior de sus instalaciones.

9. Implantación de sistemas de dirección de emergencias coordinados, como el Incident Command System, que ayuden a garantizar la eficacia de las intervenciones en emergencias en los entornos portuarios.

10. Mantenimiento efectivo de las relaciones entre puertos y Servicios de Bomberos, con programas de trabajo calendarizados, supervisando su ejecución e implantando las revisiones necesarias.
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