El Consejo
de Ministros tiene previsto estudiar mañana un Real
Decreto, que previsiblemente aprobará, que permite
a los Bomberos adelantar su jubilación antes de los
65 años, debido al índice de peligrosidad
y penosidad que conlleva su actividad.
Según fuentes gubernamentales, la edad mínima
a la que podrán dejar de trabajar será a los
60 años, o 59 si acreditan 35 o más años
de cotización efectiva.
Esto supone que se les aplicará un
coeficiente reductor del 0,20 a los años completos
efectivamente trabajados como bombero.
Durante 2008, el adelanto de la jubilación
quedará limitado a los bomberos que hayan cumplido
la edad de 63 años, tope que se rebajará a
los 61 durante 2009.
No obstante, si durante esos dos ejercicios
los bomberos beneficiados por la medida sobrepasarán
el 10 por ciento de la plantilla, el acceso se pospondrá
el tiempo 'mínimo indispensable' para la renovación
de dicha plantilla.
Para que el adelanto de las jubilaciones
no afecte al equilibrio financiero del sistema de pensiones,
se incrementará la cotización del colectivo.
La ley prevé que la edad mínima
de 65 años exigida para poder tener derecho a una
pensión de jubilación en el Régimen
General de la Seguridad Social podrá rebajarse por
Real Decreto, a propuesta del ministro de Trabajo y Asuntos
Sociales.
Los colectivos a los que se les aplicará
serán aquellos cuyas actividades sean de naturaleza
'excepcionalmente penosa, tóxica, peligrosa o insalubre'
y acusen 'elevados índices de morbilidad o mortalidad'.