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ANULADO EL DECRETO POR EL
QUE SE CREÓ LA AGENCIA NAVARRA DE EMERGENCIAS
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El martes 11 de Diciembre se publicaba en el BOE
la sentencia sobre la anulación del Decreto de creación
de la Agencia Navarra de Emergencias -ANE- que cubre la Comunidad
Autónoma de Navarra (España). El miércoles,
12 de Diciembre, la prensa de Navarra se hacía eco
del hecho. Reproducimos la noticia publicada en el Diario
de Noticias de Navarra.
www.noticiasdenavarra.com/ediciones/2007/12/12/sociedad/navarra/d12nav8.1093236.php
Los jueces anulan el decreto por el que
se creó la Agencia Navarra de Emergencias
EL TSJN RESUELVE QUE OMITIÓ UN INFORME"PRECEPTIVO"
DEL CONSEJO DE NAVARRA
Aunque el fallo dice que no cabe recurso, el Ejecutivo
prepara uno ante el Supremo
PAMPLONA. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado
el decreto foral aprobado por el Gobierno de Navarra en junio
de 2006 por el que se creó la Agencia Navarra de Emergencias
(ANE) y se fijaron sus estatutos, ya que en su elaboración
omitió el "preceptivo" informe del Consejo
de Navarra. El Ejecutivo ya prepara un recurso de casación
ante el Tribunal Supremo, a pesar de que el fallo descarta
esta posibilidad.
La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se
desprende del recurso que interpuso la Asociación Profesional
de Técnicos de Bomberos contra el Decreto Foral 38/2006
de 19 de junio por entender que era contrario al ordenamiento
jurídico. En dicha apelación, la APTB argumentó
que el decreto tenía carácter organizativo o
ejecutivo y no sólo normativo, así como que
el mismo no había sido consultado con los órganos
preceptivos, ni hubo negociación ni audiencia previa
a los funcionarios.
La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN ha determinado
que "no hay duda" del "carácter ejecutivo
y no organizativo" del citado decreto, ya que con el
mismo "se afecta el régimen estatutario de los
funcionarios que han de prestar servicio" en la ANE,
al regular sus funciones, dedicación y retribución.
El fallo determina que, dado el carácter ejecutivo
del decreto, éste se debió consultar preceptivamente
antes de su aprobación con el Consejo de Navarra, lo
que no se hizo y por lo tanto se incurrió "en
defecto generador de su nulidad radical". Una razón
que hace ya "inútil" el análisis de
otros motivos alegados en la demanda, precisa la sentencia,
ya que "la consecuencia de la estimación"
de lo precedente "elimina la norma del ordenamiento jurídico".
PRESTACIÓN DE SERVICIOS Tras hacerse pública
la sentencia, el departamento de Presidencia, Justicia e Interior
informó ayer de que la anulación del Decreto
Foral 38/2006 no afecta "de ningún modo"
a la prestación de los servicios a los ciudadanos que
lleva a cabo diariamente la Agencia Navarra de Emergencias.
A pesar de que la propia Sala especifica en la sentencia que
contra la misma "no cabe recurso alguno", el Gobierno
de Navarra señaló ayer que, a través
de sus servicios jurídicos, ha presentado un escrito
de preparación del recurso de casación, al entender
que el citado decreto foral "contiene un reglamento organizativo,
por lo cual no procede la solicitud de informe previo al Consejo
de Navarra". "En consecuencia, la sentencia no es
firme y no es ejecutiva", valoró Presidencia.
El Gobierno foral destacó que hasta el momento "nunca
se había considerado preceptivo solicitar al Consejo
de Navarra un informe previo a la creación de un organismo
autónomo y aprobación de sus respectivos estatutos,
y por ello, de hecho, nunca se ha solicitado".
Miguel Sanz señaló ayer que, aunque no había
leído la resolución, la respetaba y recalcó
que "no creo que pase absolutamente nada. Está
claro que vamos a seguir atendiendo las emergencias en Navarra.
No faltaba más". Agregó que "con decreto
o sin decreto, con la modificación o sin ella, pero
una institución que atienda las emergencias en Navarra
va a seguir existiendo".
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