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ANULADO EL DECRETO POR EL QUE SE CREÓ LA AGENCIA NAVARRA DE EMERGENCIAS


El martes 11 de Diciembre se publicaba en el BOE la sentencia sobre la anulación del Decreto de creación de la Agencia Navarra de Emergencias -ANE- que cubre la Comunidad Autónoma de Navarra (España). El miércoles, 12 de Diciembre, la prensa de Navarra se hacía eco del hecho. Reproducimos la noticia publicada en el Diario de Noticias de Navarra.

www.noticiasdenavarra.com/ediciones/2007/12/12/sociedad/navarra/d12nav8.1093236.php


Los jueces anulan el decreto por el que se creó la Agencia Navarra de Emergencias

EL TSJN RESUELVE QUE OMITIÓ UN INFORME"PRECEPTIVO" DEL CONSEJO DE NAVARRA

Aunque el fallo dice que no cabe recurso, el Ejecutivo prepara uno ante el Supremo

PAMPLONA. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha anulado el decreto foral aprobado por el Gobierno de Navarra en junio de 2006 por el que se creó la Agencia Navarra de Emergencias (ANE) y se fijaron sus estatutos, ya que en su elaboración omitió el "preceptivo" informe del Consejo de Navarra. El Ejecutivo ya prepara un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, a pesar de que el fallo descarta esta posibilidad.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo se desprende del recurso que interpuso la Asociación Profesional de Técnicos de Bomberos contra el Decreto Foral 38/2006 de 19 de junio por entender que era contrario al ordenamiento jurídico. En dicha apelación, la APTB argumentó que el decreto tenía carácter organizativo o ejecutivo y no sólo normativo, así como que el mismo no había sido consultado con los órganos preceptivos, ni hubo negociación ni audiencia previa a los funcionarios.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJN ha determinado que "no hay duda" del "carácter ejecutivo y no organizativo" del citado decreto, ya que con el mismo "se afecta el régimen estatutario de los funcionarios que han de prestar servicio" en la ANE, al regular sus funciones, dedicación y retribución.

El fallo determina que, dado el carácter ejecutivo del decreto, éste se debió consultar preceptivamente antes de su aprobación con el Consejo de Navarra, lo que no se hizo y por lo tanto se incurrió "en defecto generador de su nulidad radical". Una razón que hace ya "inútil" el análisis de otros motivos alegados en la demanda, precisa la sentencia, ya que "la consecuencia de la estimación" de lo precedente "elimina la norma del ordenamiento jurídico".
PRESTACIÓN DE SERVICIOS Tras hacerse pública la sentencia, el departamento de Presidencia, Justicia e Interior informó ayer de que la anulación del Decreto Foral 38/2006 no afecta "de ningún modo" a la prestación de los servicios a los ciudadanos que lleva a cabo diariamente la Agencia Navarra de Emergencias.

A pesar de que la propia Sala especifica en la sentencia que contra la misma "no cabe recurso alguno", el Gobierno de Navarra señaló ayer que, a través de sus servicios jurídicos, ha presentado un escrito de preparación del recurso de casación, al entender que el citado decreto foral "contiene un reglamento organizativo, por lo cual no procede la solicitud de informe previo al Consejo de Navarra". "En consecuencia, la sentencia no es firme y no es ejecutiva", valoró Presidencia.

El Gobierno foral destacó que hasta el momento "nunca se había considerado preceptivo solicitar al Consejo de Navarra un informe previo a la creación de un organismo autónomo y aprobación de sus respectivos estatutos, y por ello, de hecho, nunca se ha solicitado".
Miguel Sanz señaló ayer que, aunque no había leído la resolución, la respetaba y recalcó que "no creo que pase absolutamente nada. Está claro que vamos a seguir atendiendo las emergencias en Navarra. No faltaba más". Agregó que "con decreto o sin decreto, con la modificación o sin ella, pero una institución que atienda las emergencias en Navarra va a seguir existiendo".



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